Extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador ante impago de salarios.
Extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador. Excepción a la obligación de continuar trabajando cuando la deuda de salarios resulta insoportable para el trabajador.
La doctrina del Tribunal Supremo había venido afirmando de forma reiterada que, para que pueda acordarse judicialmente la extinción del contrato por propia voluntad ante graves incumplimientos del empresario, es necesario que esta relación laboral se mantenga vigente en el momento de llevar a cabo la acción y durante toda la tramitación del procedimiento judicial hasta que recaiga sentencia firme, pues, según decía el Tribunal Supremo, “mal puede acordarse judicialmente la extinción de una relación que ya antes había quedado sin efecto”.
No obstante lo anterior, como puede verse en la Sentencia del Tribunal Supremo que hoy publicamos, se contempla la posibilidad de que si el trabajador se encuentra ante una situación “insoportable”, la permanencia en el puesto de trabajo pueda verse interrumpida poco antes de entablarse la acción resolutoria o durante la tramitación de la misma. Lo relevante aquí será definir qué se entiende por incumplimientos empresariales que generen una situación insoportable para el trabajador. No lo será, desde luego, la subjetiva percepción del trabajador, sino solamente la concurrencia de un hecho objetivable, tal como un número determinado y considerable de mensualidades impagadas, o bien el acaecimiento de una conducta empresarial lesiva de derechos fundamentales, como puede ser una agresión física.
En el supuesto objeto de enjuiciamiento es aplicable la excepción descrita de que la relación laboral permanezca viva puesto que el trabajador llevaba más de seis meses sin percibir ningún tipo de retribución, lo que indudablemente afecta no sólo a su propia dignidad, sino también a su propia subsistencia y a la de las personas que de él puedan depender.
Ved la sentencia que os referimos en el siguiente hipervínculo:
.Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 17 de enero de 2011