FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA)
FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA) El artículo 33.1 ET describe al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) como un Organismo autónomo dependiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con personalidad jurídica y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que abonará a los trabajadores el importe de los salarios pendientes de pago a causa de insolvencia o concurso del empresario. Las personas que pueden Beneficiarse del Fondo de Garantía Salarial son...